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Anualidades, Edición # 13


¿Qué es el beneficio por muerte?


Si el titular fallece antes de la Fecha de Vencimiento, la propiedad del contrato pasa a la(s) persona(s) que vive(n) en el orden de la siguiente manera:


• copropietario superviviente, si lo hubiere;


• beneficiario


•beneficiario contingente


•patrimonio del último propietario en fallecer.


Si no se aplica o no se invoca una continuación conyugal, el contrato debe ser totalmente entregado y recibir una distribución de la totalidad de los ingresos dentro de los 5 años posteriores a la muerte de los propietarios, excepto que una persona que no es cónyuge puede elegir comenzar a recibir pagos con respecto a su parte proporcional dentro de 1 año a partir de la fecha de la muerte siempre que tales pagos se distribuyan a lo largo de la vida o un período que no exceda la esperanza de vida de tal persona. No se deducirá ningún cargo de rescate y la bonificación de adquisición se otorgará por completo. si el minimo el valor de rescate garantizado es mayor que el valor de la cuenta, el valor de rescate mínimo garantizado ser pagado. Se calculará y acreditará un crédito de interés indexado parcial, si lo hubiere, según el interés indexado aplicable. opciones de acreditación como si la fecha de fallecimiento estuviera en una fecha de acreditación de índice. Después de realizar dicho cálculo y acreditar cualquier crédito de interés de índice aplicable, se detendrá toda acreditación de interés de índice y el interés fijo la tasa de opción se aplicará hasta la fecha de rescate total. Si el cónyuge del primer propietario fallecido elige continuar con el contrato, los cargos de rescate y la bonificación de la prima el cronograma de adjudicación seguirá aplicándose. Además, no se realizará ningún cálculo de crédito de interés de índice parcial.


¿Qué sucede en la Fecha de Vencimiento del contrato?


En la Fecha de Vencimiento del contrato, recibirá el valor total de su contrato en forma de anualidad pagos . Hay una serie de opciones de pago para seleccionar. Independientemente de la opción de pago seleccionado, una vez que se determina el monto de los pagos, sus pagos están garantizados y nunca pueden ser cambiados. Debe revisar las opciones de pago disponibles con su asesor fiscal para seleccionar la más adecuada basada en su situación financiera.


¿Qué pasa si decido renunciar (cancelar) mi contrato antes de la Fecha de Vencimiento?


Antes de la Fecha de Vencimiento, usted puede decidir rescatar su contrato.Si elige hacer esto, la Compañía pagará el valor de rescate del contrato. El valor de rescate es igual al mayor de los siguientes valores:


• el valor de la cuenta adquirida, menos los cargos de rescate aplicables; o


•el valor de rescate mínimo garantizado total. Un valor de rescate mínimo garantizado (MGSV) es la cantidad mínima que recibirá si cancelara por completo. En cualquier momento antes de la Fecha de Vencimiento, el valor de rescate mínimo garantizado es igual a la suma de lo siguiente:


•87,5% de las primas; más •Interés acreditado diariamente a la Tasa de Interés de Acumulación del MGSV que figura en la información del contrato ; menos


•cualquier importe entregado previamente del valor de rescate mínimo garantizado acumulado en la Tasa de Interés de Acumulación del MGSV.



Nuestra próxima publicación será el lunes 24 de Octubre 2022.


Para más Información y Orientación:


Juan C. Colón President & Owner Colonova Business Consulting Group Inc. C. 787-519-1546 E. juanc@cbcgpr.com

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